Panamá: queja del MPU ante la OIT detalla cómo docentes y dirigentes sindicales fueron detenidos, intimidados y acosados
En junio de 2026, durante la Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Internacional de la Educación (IE) presentó formalmente una queja ante el Comité de Libertad Sindical (CLS) de la OIT en nombre del Magisterio Panameño Unido (MPU).
La queja documenta violaciones generalizadas de los derechos sindicales y las libertades fundamentales por parte de las autoridades panameñas durante y después de la huelga nacional del 2025 en contra de las reformas al seguro social.
El MPU sostiene que el gobierno, en particular el Ministerio de Educación (MEDUCA) y la Contraloría General de la República, ejercieron represalias sistemáticas contra docentes y dirigentes sindicales por participar en actividades sindicales legítimas. La queja describe un patrón sostenido de persecución antisindical que vulnera los Convenios 87 y 98 de la OIT y las garantías constitucionales, incluidas restricciones a la libertad sindical, la negociación colectiva y el derecho de huelga, así como violaciones al debido proceso y represalias contra personas afiliadas y dirigentes sindicales. Un año después de finalizada la huelga, 298 docentes de 23 centros educativos distribuidos en cinco provincias continúan sin ser reincorporados y permanecen sin salario ni prestaciones.
Represalias durante y después de la huelga docente
La huelga docente de 2025 constituyó una importante movilización nacional. A partir del 23 de abril de 2025, el Magisterio Panameño Unido (MPU) convocó una huelga nacional por tiempo indefinido en rechazo a la Ley 462, una reforma del sistema de seguridad social que fue considerada una amenaza para las pensiones, las prestaciones sociales y los derechos de las personas trabajadoras. El movimiento se amplió rápidamente con el apoyo de trabajadores de la construcción, estudiantes y pueblos indígenas, dando lugar a protestas generalizadas en todo el país. Desde el inicio de las manifestaciones, el 28 de abril de 2025, las autoridades respondieron con violencia policial en varias provincias, entre ellas Ciudad de Panamá, Colón y Veraguas. Las protestas fueron respondidas con intimidación, detenciones, privación de libertad, uso de gases lacrimógenos y violencia.
A finales de mayo, las detenciones y los enfrentamientos se habían generalizado. Entre el 20 y el 27 de mayo, las protestas continuaron en un contexto que la queja describe como de "persecución y judicialización".
La represión alcanzó su punto más álgido a mediados de junio de 2025. Los sindicatos denuncian una "escalada brutal e indiscriminada", que incluyó detenciones arbitrarias, golpizas y uso indiscriminado de gases lacrimógenos. El 20 de junio, el gobierno declaró el estado de urgencia, entre otras, en la provincia de Bocas del Toro, suspendiendo las libertades de reunión y circulación y desplegando un amplio contingente de fuerzas de seguridad en el marco de la "Operación Omega".
Bocas del Toro se convirtió en uno de los principales focos de movilización, especialmente entre docentes, trabajadores bananeros y comunidades indígenas. Su importancia económica, vinculada a la agricultura, las exportaciones y las rutas de transporte, junto con demandas históricas relacionadas con la tierra, la pobreza y la marginación de los pueblos indígenas, contribuyó tanto a la intensidad de las protestas como a la contundencia de la respuesta estatal.
A partir del 14 de junio de 2025, el MPU documentó el despliegue de 2.499 agentes policiales y 341 detenciones, además de allanamientos de viviendas, detención de personas menores de edad y la continuidad de operaciones con características militarizadas.
La huelga finalizó el 14 de julio de 2025 tras un acuerdo con el Ministerio de Educación. El acuerdo permitió el regreso a las aulas e incluyó compromisos sobre el respeto al debido proceso, la no adopción de represalias y la continuidad del diálogo. Sin embargo, no atendió las principales demandas sindicales, en particular la derogación o reforma de la Ley 462.
Si bien el acuerdo estableció algunas garantías procedimentales y abrió un espacio para el diálogo, varios asuntos fundamentales permanecieron sin resolver. Muchas personas docentes no recibieron salario por el período de huelga y, en numerosos casos, los procedimientos disciplinarios y judiciales continuaron. El gobierno tampoco reabrió la discusión sobre las reformas estructurales y los y las docentes regresaron a sus puestos bajo presión económica. Asimismo, no se respetó el compromiso de que las medidas disciplinarias contra dirigentes sindicales y docentes activistas se tramitarían mediante procedimientos administrativos y no de forma arbitraria.
El sindicato denunció que las represalias continuaron después de finalizada la huelga, incluyendo deducciones salariales, sanciones disciplinarias y persistentes tensiones con las autoridades. También señala la retención de las cuotas sindicales y el incumplimiento de resoluciones judiciales que ordenaban la reincorporación de docentes y el pago de sus salarios.
Un año después, la queja sostiene que la represión continúa, incluyendo el uso excesivo de la fuerza, la imposición de toques de queda y la suspensión de garantías en regiones como Bocas del Toro. Asimismo, documenta casos individuales, entre ellos el de docentes con graves problemas de salud afectados por la suspensión de salarios y la pérdida de la cobertura de la seguridad social. Es el caso de la docente Dalia Morales, paciente con cáncer, quien se vio afectada por las medidas administrativas y económicas adoptadas durante el conflicto y no ha podido continuar su tratamiento médico debido a la suspensión de su cobertura de seguridad social.
Si bien un tribunal panameño anuló las decisiones que afectaban a 32 docentes, ordenando el pago de sus salarios y su reincorporación a los centros educativos, el Ministerio de Educación presuntamente no ha cumplido con dicha resolución.
Docentes y dirigentes sindicales fueron detenidos, multados y sometidos a vigilancia, intimidación y hostigamiento. Según la queja, las autoridades emitieron advertencias tanto en los centros educativos como en los domicilios de docentes, generando un clima de coerción. En total, 298 docentes fueron objeto de medidas administrativas, entre ellas despidos, suspensiones o reducciones salariales, con frecuencia sin el debido proceso, y muchas de estas personas fueron reemplazadas antes de que concluyeran las investigaciones.
Ataques contra dirigentes sindicales e injerencia financiera en los sindicatos
Las dirigencias de los sindicatos fueron especialmente atacadas, enfrentando despidos, procesos judiciales y sanciones económicas vinculadas a su papel durante la huelga. Los dirigentes Fernando Ábrego, Abundio González, Diógenes Sánchez, Dalia Bernal y Alberto Díaz fueron despedidos, multados y perseguidos sin plenas garantías procesales debido a su liderazgo y participación en la huelga.
Según la queja, se presentaron más de 30 acciones de amparo constitucional por presuntas violaciones de derechos consagrados en la Constitución. Asimismo, se señala que el Ministerio de Educación (MEDUCA) y la Contraloría General de la República utilizaron las licencias sin goce de salario como un mecanismo de presión e intimidación contra las personas docentes en huelga. Entre los casos denunciados figura el de la docente Benilda González, de la Escuela Manuel Urbano Ayarza, en Colón, cuya reincorporación fue ordenada mediante una resolución judicial del 27 de enero de 2026. Sin embargo, las autoridades educativas aún no han dado cumplimiento a esa decisión.
Estas actuaciones del Ministerio de Educación y del contralor general, Anel Flores, han afectado los derechos laborales, salariales y sindicales del personal docente. Según la queja, la Contraloría General continúa aplicando rebajos salariales y licencias sin goce de salario, pese a que el Decreto 681 establece que dichas licencias deben ser solicitadas por las propias personas docentes.
El MPU solicita al Comité de Libertad Sindical que inste al Gobierno de Panamá a adoptar medidas correctivas, entre ellas la reincorporación de las personas docentes despedidas, el pago de los salarios retenidos y el retiro de los procesos penales y disciplinarios iniciados en su contra. De manera más amplia, se espera que la OIT recomiende poner fin a la intimidación y el hostigamiento, garantizar el respeto al derecho de huelga y asegurar que la actuación policial sea proporcional. Asimismo, podría solicitar investigaciones sobre los presuntos abusos denunciados.
Otras recomendaciones podrían incluir reformas legales para armonizar la legislación nacional con las normas de la OIT, así como renovar los esfuerzos para promover un diálogo social genuino y fortalecer la negociación colectiva.
¿Cómo presentar quejas ante la OIT?
Cuando los derechos del personal docente se ven amenazados, por ejemplo mediante restricciones al derecho de huelga, los sindicatos pueden recurrir al Comité de Libertad Sindical de la OIT como una herramienta estratégica para internacionalizar los conflictos.
Este proceso comienza con una documentación sistemática de los hechos, identificando las medidas adoptadas, las personas afectadas y el impacto sobre la actividad sindical. Como demuestra el caso del Magisterio Panameño Unido (MPU), presentar una queja coherente y respaldada por pruebas permite a los sindicatos impugnar medidas represivas a través de un mecanismo independiente y reconocido internacionalmente. Una vez presentada, la queja da inicio a un procedimiento ante el Comité de Libertad Sindical que establece un diálogo estructurado y obliga al gobierno a responder y justificar sus actuaciones. Esto resulta especialmente importante cuando las autoridades invocan razones de orden público o estados de excepción.
Aunque las conclusiones del Comité de Libertad Sindical no son jurídicamente vinculantes, constituyen recomendaciones con autoridad que pueden instar a la adopción de medidas concretas, como la reincorporación de personas despedidas, el archivo de procedimientos disciplinarios o la protección del ejercicio legítimo del derecho de huelga. El procedimiento también contribuye a presentar las violaciones como un problema estructural y no como hechos aislados.
El impacto de este mecanismo depende, en gran medida, de cómo los sindicatos utilicen sus resultados. Las recomendaciones pueden fortalecer los procesos de negociación, respaldar acciones legales y generar presión tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, ofrecen un marco para dar seguimiento a su implementación, permitiendo supervisar el cumplimiento de medidas como las reincorporaciones o los cambios en las políticas públicas.
Al recurrir a la OIT por medio de la Internacional de la Educación (IE) y mantener la visibilidad del caso, los sindicatos pueden convertir las conclusiones del Comité de Libertad Sindical en herramientas de incidencia sostenida. De este modo, aun sin contar con facultades coercitivas, este mecanismo contribuye a desalentar futuras violaciones y a fortalecer progresivamente el respeto de los derechos sindicales.
































